El mandato de comparecencia restringida dispuesto por la Juez es legal

Durante la audiencia.
Durante la audiencia.

No es una cuestión de favoritismo para el investigado, sino que la decisión es producto de los actuados en la investigación, si aparecen otros elementos y son incorporados correctamente al proceso ello podría significar la variación de la decisión de la Judicatura, por lo que la ciudadanía deberá guardar la tranquilidad y calma necesario para que el proceso se desarrolle con transparencia y corrección.1110-victima-small

Sobre el caso del motocarrista Larry Maricahua Sangama (33), quien fue agraviado con un balazo de parte de Carlos Gabriel Salazar Kunaffo se viene difundiendo falsa información como que ya se le ha absuelto de los cargos y que se le ha puesto reparación civil de ochocientos soles.

Sin embargo el certificado médico legal arroja solo veinte días de atención y descanso, lo que le da la características de lesiones leves, aunque la investigación que se viene haciendo es por el delito de tentativa de homicidio, y en la audiencia producto del debate se sustentó de que la pena a imponerse iba a ser de cuatro años de pena privativa de libertad sin tener en cuenta que hay aceptación de los hechos por el imputado.

El mandato de comparecencia restringida dispuesto por la Juez es legal y se ajusta a lo que se ha presentado en audiencia y se ha hecho evidente en el debate judicial.

Lo que la Juez Betty Palomino Pedraza, ha evaluado es lo que le ha presentado tanto el Ministerio Público como la Defensa del imputado, y en virtud de ello ha dispuesto que el proceso continúe con restricciones de derechos, así como una caución de ochocientos nuevos soles y no reparación civil como se viene desinformando.

Así mismo debemos manifestar que toda resolución es apelable y conforme lo ha efectuado el Ministerio Público que ha presentado una apelación que será vista en la próxima audiencia por la Sala Penal de Apelaciones. Es allí donde se verá la situación de comparecencia restringida que hoy goza esta persona, pues la Prisión preventiva es una situación provisional, transitoria, y de extrema necesidad, más no una condena.