A diez meses de vigencia de la norma que regula el proceso inmediato

Otros delitos recurrentes son omisión a la asistencia familiar, hurto y receptación.
Otros delitos recurrentes son omisión a la asistencia familiar, hurto y receptación.

Los juzgados de flagrancia entraron en vigencia el 29 de noviembre del 2015 con el propósito de ofrecer una respuesta eficaz y oportuna por parte de la institución judicial a la delincuencia común y aliviar, además, la carga procesal.

A diez meses de su puesta en marcha en todo el país, los juzgados de flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Loreto procesaron a 1,272 personas por conducción en estado de ebriedad, en juicios que se desarrollaron con celeridad, eficacia y transparencia.

Esta cifra representa el 69.9 por ciento de un total de 1,823 encausados por estos órganos jurisdiccionales que impulsa la gestión del presidente del Poder Judicial, doctor Víctor Ticona Postigo.

Le siguen 226 procesados por omisión de asistencia familiar (12.4 por ciento), 161 por hurto (8.8 por ciento), 53 por receptación (2.9 por ciento), 32 por lesiones (1.7 por ciento), 23 por robo (1.2 por ciento) y 17 por delitos contra la salud pública (0.9 por ciento), entre otros.

En la tramitación de estos procesos, dichos órganos jurisdiccionales actúan de manera célere y oportuna, en aplicación estricta del Decreto Legislativo N°1194, resolviendo en solo unos días cuando con el procedimiento común demoran 10 meses o más.

Los casos se resuelven en breves plazos al darse la posibilidad de que la sentencia sea emitida en audiencia única de juicio inmediato o como consecuencia de que los encausados se acogen a la figura de terminación anticipada.

Al 29 de setiembre último, de acuerdo con la Coordinación Nacional de Flagrancia del Poder Judicial,  Loreto es el noveno distrito judicial con mayor número de procesados por flagrancia a escala nacional. En todo el país se reportan 44,787 personas encausadas.