No se podrán organizar reuniones

La misma sanción se aplicará a quienes organicen espectáculos o reuniones prohibidas durante el periodo antes señalado. También se prohíbe a los electores portar armas desde el día anterior a la elección y hasta un día después de culminada.

Desde las 00:00 horas del viernes 1 de octubre hasta el mediodía del lunes 4 del mismo mes regirá la denominada “ley seca” por elecciones municipales y regionales, que prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas y dispone sancionar con una multa no menor a los S/. 1,650 a quienes la incumplan.

Guillermo Román, abogado de la Dirección Nacional de Fiscalización del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), recordó que así lo establece la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26856), en su artículo 390, que rige para los comicios del 3 de octubre.

Según dicho artículo, la multa a aplicarse equivale al 10% del ingreso mínimo vital vigente (S/. 550.00) multiplicado por 30 días de multa, y recaerá sobre quienes hagan funcionar establecimientos destinados al expendio de bebidas alcohólicas durante el citado periodo.

Tal restricción contempla la prohibición de la venta de licores de cualquier clase y el cierre de los locales que comercialicen dicho producto. La sanción incluye reprimir al infractor con una pena privativa de la libertad no mayor de seis meses y una pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena, recordó el especialista a la agencia Andina.

3 COMENTARIOS

  1. ES UNA BUENA NOTICIA QUE SE HAGA ALGO PARA EVITAR QUE ELEMENTOS ANTISOCIALES O INTERESADOS PUEDAN PERTURBAR EL PROCESO DEMOCRÁTICO MEDIANTE LA INGESTIÓN DE LICOR. LAS MULTAS PARA LOS TRANSGRESORES ES UNA BUENA MEDIDA. PERO TAMBIÉN HAY MULTAS ABSURDAS QUE NOS AFECTAN Y VULNERAN NUESTRAS LIBERTADES FUNDAMENTALES, COMO LAS MULTAS POR NO ASISTIR A VOTAR. POR ESO ME PARECE BIEN EL PROYECTO DEL CHATO VARGAS EN EL CONGRESO DE ELIMINAR LAS MULTAS PARA LOS QUE NO VOTEN. OJALÁ QUE, POR EL BIEN DE TODOS, SEA APROBADO.

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