MARINA DE GUERRA DEL PERU

DEPARTAMENTO DE RESERVAS NAVALES Y MOVILIZACIÓN

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

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  1. De conformidad a lo dispuesto en la ley militar, se comunica a todos los señores Oficiales Superiores, Oficiales Subalternos, Técnicos Supervisores, Técnicos, Oficiales de Mar y Licenciados que prestaron servicios activo en la Marina de Guerra del Perú, y que conforman la Reserva Naval Orgánica, que deberán apersonarse a partir del mes de Abril, a las Oficina de Registro Militar situadas en las diferentes Zonas Navales, y a los residentes del área de la Quinta Zona Naval, a la Oficina de Registro Militar de Iquitos (sito en la Av. La Marina cuadra 7 s/n – Punchana), en el siguiente horario: de lunes a viernes de 08:00 a 13:30 horas, con la finalidad de inscribirse y/o actualizar sus datos personales en el Padrón de la Reserva Naval Orgánica.
  1. El personal en situación militar en retiro, al momento de apersonarse a la Oficina de Registro Militar, lo hará portando su Documento Nacional de Identidad (DNI) y Libreta Militar, requisito indispensable para su empadronamiento.
  1. Se recuerda que según lo dispuesto en el artículo 35 inciso (b) de la ley 28101(Ley de Movilización Nacional) el personal que no concurra a los llamamientos para la actualización de datos y padrones, cometerán infracciones las cuales serán sancionadas con una multa equivalente al 2 % de la unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente a la fecha en que se efectué el pago, según lo dispuesto en el artículo 36 inciso (2) de la mencionada Ley.