Esta será una columna diferente, tras haber analizado distintos temas que se conjugan con las políticas públicas y la administración estatal, considero necesario hablar sobre algunas debilidades y falencias que logro encontrar en nuestras políticas públicas y la fuerza de las mismas.

En la columna pasada se trató sobre la regulación de la competencia y el error en el que se incurre al entender que ésta es perfecta o que el mercado encuentra su propio destino, olvidando las fallas propias del dinamismo de un mercado libre que puede verse afectado por barreras que se originan por distintas razones, lo que genera de forma natural, desigualdad entre sus actores, por lo que es necesario que el Estado desarrolle políticas reguladoras a fin de corregir esta situación.

Dichas estas consideraciones, encontramos que en muchas áreas del mercado de nuestro país existe información realmente en extremo asimétrica, generada por la desigualdad que tiene su origen en el poder o predominio de un actor (monopolios) o algunos actores (oligopolios) dentro del mercado. En este orden de ideas es menester saber que, conforme a nuestra normativa, los monopolios no son ilegales a menos que se beneficien de manera desmedida sin considerar los derechos de los consumidores por su posición de dominio en el mercado, por lo que muchas veces se presenta la figura de fusión y adquisición de empresas o la colusión de las mismas a fin de alcanzar la posición de dominio mencionada.

Estas fallas que encontramos en nuestro mercado no hacen más que confirmar lo dicho por el Premio Nobel de 1998, Amartya Sen, en su libro “Desarrollo y Libertad” sobre sobre la lógica “intervencionista” de Adam Smith:

“[..]que las señales del mercado pueden ser engañosas, y las consecuencias del libre mercado pueden significar un gran despilfarro de capital, provocado por las actividades privadas de empresas desencaminadas o cortas de miras, o un despilfarro privado de recursos sociales” (Sen 2000: 157).

Con lo desarrollado, es ilógico hacernos los desentendidos y no considerar necesaria una normativa específica (no la existente en Ley 26887, “Ley General de Sociedades”) que regule de manera eficaz y eficiente las fusiones o adquisiciones que se dan en el mercado y una que pueda evitar y limitar el accionar colusorio de muchas empresas, que perjudican al ciudadano como consumidor.

Ahora bien, es necesaria una normativa como la mencionada porque hoy solo existe una general estipulada en la Ley General de Sociedades, que hace posible que muchas empresas en búsqueda de predominio en el mercado e incluso como método de reducción de impuestos, efectúen estas operaciones de forma libre, generando un perjuicio para los consumidores y directamente al fisco nacional. Es necesario saber que por parte del INDECOPI, en el año 2005 se presentó un proyecto de Ley que regulaba este accionar, pero sorprendentemente se archivó y actualmente, el congresista Lescano presentó un proyecto parecido, con el fin de regular las fusiones y adquisiciones, esperemos que este proyecto no se archive como el anterior por favorecer a intereses, ajenos a los sociales, que confluyen en nuestro parlamento.

En cuanto a la colusión, es un típico accionar empresarial en muchos mercados nacionales como internacionales, por lo que salieron a la luz muchos escándalos como los de las farmacéuticas, las AFP´s, entre otros. En nuestro país hoy en día a través de INDECOPI se sanciona administrativamente a la empresa que se coluden, pero considero que dicha sanción administrativa como monetaria no es suficiente porque el accionar colusorio, desde mi punto de vista, es ilegal, desleal y debe ser sancionado incluso en vía penal y si bien es cierto hoy en el ámbito jurídico se habla de la responsabilidad penal de la empresa en nuestro país, esperemos que la colusión este contemplada en este debate.

Miguel Angel Rojas Rios

Abogado

Maestrando en Gobierno y Políticas Publicas

rojasr.miguel@pucp.edu.pe

 

BIBLIOGRAFÍA

SEN, Amartya

2000      «Desarrollo y Libertad». Barcelona: Planeta