El uso corriente distingue la democracia representativa de la directa, haciendo aparecer ambos regímenes como variedades de la democracia. Sin embargo, tanto la historia como la teoría muestran que el régimen hoy llamado democracia representativa, tiene sus orígenes en la forma de gobierno progresivamente establecida e impuesta en Occidente en el marco de las tres revoluciones modernas: la inglesa, la norteamericana y la francesa.

No cabe duda de que el sentido del término democracia haya evolucionado, pero el problema no concierne solamente a la terminología. Cuando, en efecto, hoy se distingue democracia directa y democracia representativa, y se hacen aparecer esos regímenes como especies de un mismo género, se sobreentiende que la diferencia entre las dos se debe a que la voluntad popular gobierna directamente en una pero no en la otra; por lo tanto, se hace de la democracia representativa la forma indirecta de la democracia, empero los fundadores del gobierno representativo niegan precisamente que en ese régimen la voluntad popular sea puesta en situación de gobernar, ni siquiera de manera indirecta. (Manin 1998).

Es preciso indicar que, para los fundadores del gobierno representativo, el papel de los representantes no consiste en querer en todas las ocasiones lo que quiere el pueblo. La superioridad de la representación consiste, por el contrario, en que abre la posibilidad de una separación entre la voluntad (o decisión) pública y la voluntad popular. Es decir, existe una enorme brecha que separa la democracia en la que los mismos ciudadanos hacen la ley y el régimen representativo en el cual confían el ejercicio de su poder a representantes nombrados por ellos. (Manin 1998).

Sin duda, el gobierno representativo se ha transformado en el curso de los dos últimos siglos. El crecimiento gradual del derecho de sufragio y el establecimiento del sufragio universal constituyen la más evidente de sus transformaciones. Pero si se deja de lado la extensión del derecho de sufragio, en realidad constituyen más reacomodamientos y desplazamientos que alteraciones fundamentales. En todo caso, no hay ninguna duda de que desde los orígenes del gobierno representativo ha sido establecido cierto número de principios que nunca fueron cuestionados, y por principios no se entiende simplemente abstracciones o ideales, sino ideas que se traducen en prácticas (o en la prohibición de ciertas prácticas) concretas y precisas. Entonces, hay que preguntarse si esos principios, siempre vigentes, determinan un sistema de gobierno que puede ser caracterizado como la forma indirecta o mediatizada del gobierno por el pueblo. En ese sentido, el gobierno representativo es un fenómeno confuso, ya que es concebido en explícita oposición a la democracia. (Manin 1998).

En este orden de ideas, el gobierno representativo no es una modalidad de la democracia, es una forma de gobierno esencialmente diferente y, además, preferible. De todos modos, la superioridad del régimen representativo no se debe a que produce decisiones menos pasionales sino a que constituye la forma política más adecuada a la condición de “sociedades comerciantes” modernas en las que los individuos están, ante todo, ocupados en producir y distribuir riquezas.

Estamos así ante la paradoja de que, sin haber evolucionado de forma sustancial, la relación entre los representantes y representados se percibe hoy como democrática, mientras que originalmente era entendida como no democrática, pareciera que esta diferencia entre concepciones originarias y modernas se debe al menos en parte a la naturaleza de las propias instituciones representativas, por ello podemos decir que en los gobiernos representativos es innegable sus dimisiones democráticas como oligárquicas. En conclusión, el gobierno representativo es un sistema equilibrado, que conlleva a la hoy llamada “poliarquía” o gobierno de muchos más o también denominada por los académicos como democracia moderna.

Miguel Angel Rojas Rios

Abogado

Maestrando en Gobierno y Políticas Públicas

rojasr.miguel@pucp.edu.pe

BIBLIOGRAFÍA

MANIN, Bernard

1998        «Los Principios del Gobierno representativo”. Madrid: Alianza