Gobernador y no presidente

–       Las intenciones de los congresistas detrás de sus decisiones

La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República acaba de aprobar un proyecto de ley que tendrá que ser debatido, y seguramente será aprobado por el pleno, que cambia de nombres a los presidentes regionales por el de gobernadores regionales lo que evidencia la envidia – más allá del término estrictamente semántico – y la intención de ir retirándole la alfombra al peso económico y sobre todo político en sus jurisdicciones que tienen hoy estos presidentes.

Aunque este proyecto no va más allá de la denominación, ya hay varios congresistas líderes de sus bancadas que ya se han pronunciado a favor de ir quitándoles ciertas atribuciones constitucionales o en todo caso ir eliminando ciertos rangos de las normas que se producen en las regiones de tal manera que no compitan legalmente con las decisiones del ejecutivo, tanto del presidente de la república, pero sobre todo de los ministros.

Hablan, también estos políticos, de ir dándole al Congreso más atribuciones de fiscalización a los presidentes obviamente con la intención de ir bajándoles la llanta, políticamente en algunos casos y en otros ir con la daga de la “investigación” para luego transar beneficios desde un poder del Estado, que de por sí ya tiene las atribuciones suficientes para iniciar estos proceso de fiscalización en diversas materias.

Aunque el tema de Conga y Gregorio Santos puede haber vuelto oportuno el tema, esta decisión ya se venía cocinando con anterioridad. ¿Está bien que un presidente regional se llame gobernador? Si sus atribuciones son las mismas no tendría la menor importancia, excepto casos anecdóticos y patéticos como esos de llamar a su esposa primera dama, hacer tarjetas con este formato o referirse a estas autoridades en los documentos de gobiernos regionales como “excelentísimo”, no vienen a ser sino parte de la huachafería propia de los peruanos o un caso exagerado de franelearía tan nuestro también.

Por el contrario se podría decir incluso que las atribuciones en materia económica aún son escasas y que antes de pensar en cambiar el nombre deberían reformar ciertas atribuciones del Ministerio de Economía para poder transferirlas a los gobiernos regionales como es el caso de los gastos de inversión, por ejemplo. Aunque en este caso afloraría el prejuicio capitalino de pensar que desde provincia no hay suficiente capacidad para poder formular y llevar adelante estos proyectos o en todo caso existiría el riesgo de la corrupción que luego nadie podría vigilar.

Pero en el Congreso no está pensando de esta manera y con este inicio de reformas en este asunto ya se está trabajando en construir legal y políticamente una buena cama para sus líderes con miras a las próximas elecciones. Mandatario, gobernador, presidente, qué más da si las atribuciones se van a ir eliminando y con ello un aletargado proceso de descentralización que no se queda sólo en elegir bien o mal a un presidente regional, sino en las capacidades de un determinado territorio de decidir, en estudio y reflexión de su propia realidad e identidad, su propio desarrollo.

Lea www.federicoabril.blogspot.com

1 COMENTARIO

  1. La verdad, que si van a seguir manteniendo las mismas funciones que hoy, tienen los Gobiernos Regionales, creo que el nombre de los titulares de estas instituciones, poco o nada interesa, no les parece?, pero si después de cambiar el nombre, se quita o disminuyen algunas funciones, quien sabe podría ser mejor dar otra denominación. Por ejemplo aqui, en Estados Unidos de Norteamérica, despuús del presidente de la República,el Ejecutivo, están las Secretarías, que equivalen a Ministerios en Perú. Luego siguen en el Legislativo, una Cámara de Representantes, que son 435, elegidos para dos años(que equivale a Diputados en América Latina) y la Cámara de Senadores (100 integrantes)elegidos para 6 años. Esto es el Gobierno Federal. Sin embargo también existen los Gobiernos Estatales (por cada Estado, 50 en total),que integran una Cámara de Representantes y una Cámara de Senadores, cuyo jefe máximo en cada Estado se llama Gobernador, las leyes que aprueban los Representantes, pasa a Senadores y si es aprobado en ambos, llega al Gobernador para que los firme y publique, ojo, si al Gobernador no le parece bién, ahi se archiva la ley y no va más. Es decir que los Gobernadores tienen derecho a manejar presupuesto y dictar leyes pero sólo para su Estado, siempre que las leyes no choquen o se contrapongan con las leyes que dicta el Gobierno Federal, por ejemplo la ley de Inmigración, solo es potestad del Gobierno Federal, por eso las que se han dado en los Gobiernos Estatales, no pueden ponerse en vigencia en su totalidad, si abarcan funciones Federales, las organizaciones que luchan a favor de los Inmigrantes, entablan demanda ante una Corte y el juez aprueba zezgadamente una ley.De igual forma sucede en México, que copia o remeda, el sistema Nortamericano, que incluso existen los presidentes municipales, que equivalen a alcalde en Perú.

Los comentarios están cerrados.